Perito de parte y segunda opinión: informe con dron — SolDron

Perito de parte y segunda opinión: cómo un informe con dron refuerza tu peritaje

El perito de tu compañía ha valorado el siniestro y la cifra se queda corta. ¿Qué puedes hacer? Más de lo que crees. La ley te reconoce el derecho a nombrar tu propio perito de parte y a pedir una segunda opinión cuando no estás conforme con la valoración. En esta guía explicamos cómo funciona el procedimiento de peritación, cuándo conviene pedir un perito de parte y cómo un reportaje técnico con dron refuerza tu peritaje con pruebas objetivas.

Perito de la compañía y perito de parte: quién es quién

El perito de la compañía lo designa y paga tu aseguradora; valora el daño desde la óptica del asegurador. El perito de parte lo nombras tú para que defienda tu interés. No es ninguna maniobra agresiva: es un derecho recogido en la Ley de Contrato de Seguro, pensado precisamente para equilibrar la balanza cuando las dos partes no coinciden en el importe.

El procedimiento de los peritos, paso a paso

Cuando asegurado y compañía no se ponen de acuerdo en la valoración, la ley prevé un mecanismo claro:

  1. Cada parte designa a su perito.
  2. Si los dos peritos coinciden, su acuerdo cierra el asunto.
  3. Si no coinciden, se nombra un tercer perito; el dictamen de los tres (por mayoría) es el que prevalece, sin perjuicio de poder acudir después a los tribunales.

En todo ese tira y afloja, quien llega con mejor prueba del daño parte con ventaja. No se trata de quién habla más alto, sino de quién documenta mejor.

Cuándo pedir una segunda opinión

  • La valoración no recoge todos los daños (se quedó en lo visible y obvió el alcance real).
  • La indemnización propuesta no da para reparar de verdad.
  • Discrepáis en la causa del daño (preexistente frente a causado por el evento).
  • El siniestro es grande o complejo —una nave, una comunidad, una planta fotovoltaica— y hay mucho en juego.

Cómo un informe con dron refuerza tu peritaje

La discusión de un siniestro se gana con datos objetivos, y ahí es donde un reportaje técnico aéreo aporta munición de la buena:

  • Ortofoto cenital medible de la cubierta, con los daños numerados y cuantificados: difícil de rebatir.
  • Termografía que delimita el alcance real del agua, casi siempre mayor que la mancha visible.
  • Reportaje fechado y geolocalizado que fija el estado en una fecha concreta.
  • Comparativa antes/después cuando existe un vuelo previo: la prueba más sólida de causalidad.

Todo ello lo entregamos en nuestro servicio de peritaje de siniestros con dron, pilotado por un operador certificado por AESA y termógrafo (ITC).

Importante, con honestidad: no sustituimos al perito de parte ni emitimos un dictamen pericial vinculante. Aportamos la documentación técnica —aérea y térmica— sobre la que tu perito, tú o tu abogado construís el argumento. La cámara térmica tampoco mide la profundidad de una grieta ni dictamina si es estructural: acota, localiza y documenta, que es lo que un buen expediente necesita.

Para peritos de parte, gabinetes y corredurías

Si eres perito de parte, gabinete pericial o correduría, podemos ser tu equipo aéreo: realizamos la captura (vuelo, ortofoto, termografía y 3D) y te entregamos el material en bruto o en formato listo para anexar a tu informe. Tú pones el criterio pericial; nosotros, los ojos en el aire. Para volumen recurrente trabajamos con acuerdos marco.

Preguntas frecuentes

¿Tengo derecho a un perito de parte?
Sí. La Ley de Contrato de Seguro reconoce que, ante discrepancia en la valoración, cada parte nombre su perito y, si no hay acuerdo, se designe un tercero. Siempre puedes, además, acudir a los tribunales.

¿Quién paga al perito de parte?
Por regla general, cada parte asume el coste de su perito y se reparte el del tercero. Conviene valorar ese coste frente a lo que está en juego: en siniestros grandes suele compensar.

¿El informe con dron sustituye al perito?
No. Es una prueba técnica que refuerza el peritaje; la valoración y la firma pericial corresponden al perito.

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